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BASES LEGALES 

SORTEO 10 EJEMPLARES LIBRO “MI GATO: MANUAL PARA HUMANOS DOMÉSTICOS”

NESTLE ESPAÑA S.A.U., (en adelante Nestlé), domiciliada en Esplugues de Llobregat (Barcelona), Calle Clara Campoamor, nº2, y con N.I.F. A-08005449, realizará una promoción de ámbito nacional que se regirá por las siguientes bases:   

BASES

Primera: Objeto de la promoción. – Incentivar la participación e interacción de los usuarios registrados en Purina, mediante la organización de un sorteo vinculado a una newsletter.

Segunda: Duración de la promoción. - El periodo promocional empezará el 20 de abril del 2026 y finalizará el 10 de mayo del 2026, ambos incluidos. 

Tercera: Ámbito geográfico. - La promoción será de ámbito nacional.

Cuarta: Ámbito personal. - Tendrán derecho a participar todas aquellas personas mayores de edad, con residencia en España y que hayan recibido la newsletter de Purina relacionada con la promoción.

Quedan excluidos de esta promoción los empleados de Nestlé España S.A. así como las personas directamente vinculadas con la organización y gestión de la promoción y, en general, las personas jurídicas.

Quinta: Premios. - Se sortearán diez (10) premios consistentes en ejemplares del libro “Mi gato: Manual para humanos domésticos”, de la autora Ana Anglada. 

La promoción está limitada a un único premio por persona.

En ningún caso podrá sustituirse el premio por otro premio, ni podrá cederse a otra persona distinta del ganador a petición de éste.

Sexta: Mecánica de la promoción. – Podrán participar en la promoción aquellos usuarios registrados en Purina que hayan recibido la newsletter en la que se incluya la promoción.

Para participar en el sorteo, será necesario que el usuario realice un clic en alguno de los enlaces o botones específicamente identificados y habilitados para la participación en el sorteo dentro de dicha comunicación, lo que implicará automáticamente su participación, sin necesidad de realizar ninguna acción adicional.

Cada usuario podrá participar una única vez en la promoción.

El resultado del sorteo se comunicará al ganador utilizando los datos de contacto facilitados en su registro en Purina. Será responsabilidad del participante garantizar que dichos datos sean veraces, estén actualizados y sean plenamente funcionales para poder recibir la notificación en caso de resultar agraciado.

Séptima: Determinación de los ganadores. - Los premios se adjudicarán mediante sorteo aleatorio realizado a través de la plataforma online Easypromos durante la segunda quincena de mayo de 2026.

Asimismo, se designarán tres (3) reservas para el caso de que alguno de los ganadores no cumpla los requisitos establecidos en las presentes bases o renuncie al premio. El orden de sustitución de los reservas será el mismo en el que hubieran sido designados.

Nestlé contactará con los ganadores a través de los datos facilitados en su registro (correo electrónico y/o teléfono) en los días posteriores a la celebración del sorteo, con el fin de comunicarles su condición de ganadores y solicitar la aceptación del premio. En caso necesario, se les requerirán los datos adicionales imprescindibles para gestionar la entrega del mismo.

En el supuesto de que no sea posible contactar con algún ganador en el plazo de siete (7) días naturales desde el primer intento de contacto por causas no imputables a Nestlé, o en caso de renuncia, incumplimiento de las presentes bases o detección de irregularidades, el premio se asignará al correspondiente reserva.

Los reservas deberán cumplir igualmente con los requisitos establecidos en estas bases.

Nestlé se reserva el derecho a declarar el premio desierto en caso de que ni los ganadores ni los reservas cumplan con los requisitos establecidos en las presentes bases.

Octava: Difusión de la promoción. - La promoción se difundirá mediante Newsletter.

Novena: Tratamiento de datos personales. Los participantes en la promoción consienten inequívocamente que, en caso de resultar ganadores, sus datos personales (nombre y apellidos) puedan ser comunicados a terceros mediante su difusión a través de los medios que Nestlé estime más convenientes. 

Los datos de carácter personal de los participantes en esta promoción serán tratados dando estricto cumplimiento a lo establecido en el Reglamento (UE) 2019/679, de 27 de abril de 2016, general de protección de datos (“RGPD”) así como a la legislación nacional aplicable en el momento de la promoción. 

La negativa a proporcionar los datos calificados como obligatorios implicará la imposibilidad de participar en la promoción o la de acceder a las prestaciones para los que eran solicitados.

Décima: Fiscalidad. A los premios de la presente promoción, les será de aplicación la Ley 35/2006 de 28 de noviembre por la que se aprueba el Impuesto sobre la Renta de las Persona Físicas y de modificación parcial de las Leyes sobre los Impuestos de Sociedades, sobre la Renta de no  residentes y sobre el patrimonio; el Real Decreto nº 439/2007, de 30 de marzo,  por el que se aprueba su Reglamento y sus modificaciones posteriores; Disposiciones transitorias Primera y Tercera de la Ley 13/2011 de 27 de mayo, de Regulación del Juego; la disposición adicional primera de la Ley 25/2009, de 22 de diciembre de Modificación de diversas leyes para su adaptación a la Ley sobre el libre acceso a las actividades de servicio y su ejercicio, y el artículo 48, apartado 6, y apartado 7, número 12 de la Ley 13/2011, de 27 de mayo de Regulación del Juego y el procedimiento para su presentación telemática y demás disposiciones concordantes y dictadas en su desarrollo por lo que, en su caso, corresponderá a la entidad mercantil Nestlé la realización del ingreso a cuenta o la práctica de la retención procedente, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (en adelante IRPF).

De conformidad con la citada normativa, se informa a los participantes en la presente promoción de que los premios concedidos por la participación en juegos, concursos, rifas, o combinaciones aleatorias vinculadas a la venta o promoción de bienes o servicios están sujetos a retención o ingreso a cuenta de IRPF siempre que el valor del premio (incluido el Impuesto sobre el Valor Añadido) sea superior a 300 Euros.

En relación con lo anterior y en cumplimiento de la vigente normativa fiscal, Nestlé practicará la correspondiente retención e ingreso a cuenta sobre el premio entregado y, en su momento, expedirá la oportuna certificación que facilite al participante el cumplimiento de sus obligaciones fiscales al tener que incorporar en su declaración de IRPF el rendimiento consistente en el premio recibido, junto con el resto de las rentas que perciba, y de cuya cuota total se podrá deducir como ya ingresada la cantidad que conste en la mencionada certificación de ingreso a cuenta.

El participante ganador deberá confirmar antes del día de la entrega del premio sus datos personales, así como mostrar su DNI o Tarjeta de Residente. Con el fin de que puedan ser efectuadas las retenciones mencionadas en el punto anterior, el ganador deberá firmar en todo caso un escrito justificativo de la recepción del premio, al recibir el mismo y entregar fotocopia de su DNI. En caso contrario, perdería su derecho a la recepción del premio. 

La cumplimentación de los datos personales y fiscales de los ganadores necesarios para la entrega de los premios tiene carácter obligatorio, de forma que la ausencia de cualquiera de dichos datos supondrá la pérdida del derecho al premio obtenido.

Décimo primera: Causas de descalificación de un participante de la promoción. Esta promoción se organiza con la pretensión de incentivar y fomentar la participación de todos los consumidores, premiando la fidelidad en condiciones de igualdad y con estricto respeto al principio general de la Buena Fe. Por ese motivo, Nestlé excluirá automática e inmediatamente de la misma a cualquier participante que transgreda las normas de la buena fe, observe una conducta mendaz o inadecuada, emplee medios fraudulentos o incumpla estas bases en cualquiera de sus extremos. 

En cualquier caso, con carácter enunciativo, pero no limitativo, y en aquello que resulte de aplicación, se excluirá a cualquier participante de la promoción en los siguientes casos: 

  1. Empleo de vías, sistemas o dispositivos para alterar la introducción automatizada de datos. La mera sospecha de que un participante está utilizando cualquier sistema automatizado para la introducción masiva o repetitiva de los datos necesarios para participar en la promoción, dará lugar a la exclusión inmediata de todas sus participaciones y le inhabilitará para recibir cualquier premio, sin que sea necesario comunicárselo.
  2. Introducción de datos personales inexactos, erróneos, no coincidentes o falsos. La constatación de que un participante ha introducido datos personales inexactos, alterados o falsos, dará lugar a la exclusión inmediata de todas sus participaciones en la promoción, y le inhabilitará para recibir cualquier premio, sin que sea necesario comunicárselo.
  3. De igual modo, cualquier anomalía atribuible a un participante que impida, altere o perturbe el normal desarrollo de la promoción, que afecte o perjudique a cualquier otro participante, que pueda falsear los datos de participación, comprometa la seguridad o la fiabilidad de los sistemas técnicos utilizados para su desarrollo, o que contravenga, de algún otro modo las presentes bases, dará derecho a Nestlé a excluir unilateral e inmediatamente a dicho participante y a dar cuenta de los hechos a las autoridades competentes. 

En caso de que las irregularidades, o cualesquiera otras, se detecten con posterioridad a la entrega efectiva de alguno de los premios, Nestlé se reserva el derecho de ejercitar las acciones legales pertinentes contra su autor o responsable, entre otras, las tendentes a la devolución de los premios. 

Décimo segunda: aceptación de las bases. - La participación en la promoción implica la aceptación de las presentes bases por los interesados.